Con posterioridad a nuestra publicación de las quejas de las tres asociaciones representantes de la aviación general y deportiva española, y de la presentación de su queja ante el Defensor del Pueblo, AESA matiza y explica su posición respecto a los puntos reclamados.
En primer lugar, respecto de las licencias y habilitaciones, la portavoz de la Agencia puntualizó a este medio que los formularios emitidos por EASA con exenciones-tipo han sido remitidos desde Europa para su evaluación por las autoridades nacionales respectivas, pero no son de obligado cumplimiento. Por otro lado, AESA prefiere que exista coordinación europea a este respecto para que no se produzcan situaciones disímiles (curiosamente como las que ya se producen), que “son conscientes del estado de incertidumbre de la aviación general” y que están comprometidos a que “se pueda volver a volar inmediatamente y sin problemas respecto de licencias y habilitaciones en cuanto se levante el estado de alarma”.
Del mismo modo, esta portavoz matiza que, respecto de la exigencia de modificación de los manuales de formación, éstos sólo exigen modificación si es que la escuela, sea ATO o DTO, no tenía ya incluida la posibilidad de formación telemática en sus manuales. De no ser así, “aquellas escuelas que deseen solicitar poder impartir formación online, deberán presentar en el registro electrónico de AESA un documento que explique cómo van a impartir esa formación, con qué medios, para que asignaturas, etc… y que incluya un análisis de seguridad (analizar si el cambio garantiza los estándares de la formación presencial, y en el caso de que en algún aspecto no lo sea, las medidas para mitigarlo), estableciendo si se trata de un cambio mayor o menor. Aquellas propuestas que se ajusten a un cambio menor, que conlleva aceptación por parte de AESA porque no se necesita modificación de la aprobación, serán evaluadas y, si todo está correcto, aceptadas por la autoridad en el plazo de una semana (5 días laborables). Si la propuesta fuera un cambio mayor, que supongan modificaciones de la aprobación, el procedimiento de evaluación es más complejo”. Es decir, que no es una modificación de los manuales sino solo de adjuntar un nuevo documento a los manuales ya aprobados. Todo el procedimiento puede realizarse de forma telemática en la sede electrónica de AESA
Nos informan también que en este momento hay 15 escuelas impartiendo formación online y tres escuelas han remitido ya sus manuales modificados y que se han aprobado dos de ellas en sólo dos días y la tercera debe estar aprobada en el plazo mencionado de cinco días.
Respecto del mantenimiento, AESA recuerda que los propietarios de aviones ligeros pueden aprobar sus propios planes de mantenimiento y realizarlos ellos mismos.
Hasta aquí la explicación de AESA. Para las asociaciones mencionadas, esto no son más que otra vez buenas palabras: “Desde Aepal entendemos que AESA ha tirado balones fuera y no resuelve nada. Entendemos que hay prioridades en situaciones como esta, pero el mayor problema lo tenemos con las licencias nacionales no EASA, como el ULM, y en las licencias EASA PPL y EASA SPL-TMG. Alegan que a posteriori elaborarán una exención para las licencias nacionales que no estén cubiertas por la Orden Ministerial. Pero mientras tanto estamos en un limbo burocrático sin que sepamos a qué podemos acogernos”.
Respecto de la prórroga de los certificados de aeronavegabilidad y del mantenimiento, AEPAL puntualiza: “En la respuesta de AESA nos ‘recuerdan’ que debemos tener los aviones e instalaciones conservados en condiciones de aeronavegabilidad y que no se incurra en abandono. Creemos que es un comentario recordatorio sin más trascendencia, alegando a nuestra responsabilidad en dicho mantenimiento, pero no nos autorizan en ningún caso a la movilidad requerida para ello. Recordamos que seguimos en estado de alarma y la movilidad está restringida”. En resumen, más buenas palabras otra vez.
Respecto de la formación telemática, las escuelas consultadas por este medio insisten en su posición de exigir su aprobación inmediata y general pues, “si en efecto son conscientes de que se trata de un cambio menor, que conlleva la aprobación por parte de AESA, no tiene sentido que aún así nos obliguen a retrasar la implantación de la formación a distancia”.
AESA indica que son 15 ATOs las que ya están dando formación online… de un total de 108 ATOs y DTOs existentes en nuestro país. A nuestro entender, este desfase indica que o ha fallado el procedimiento, o la comunicación del procedimiento, o ambas cosas… o es que el 80% de las escuelas de este país no están interesadas en seguir formando a sus alumnos.
Por otro lado, respecto de la calidad de la formación online “¿quién es el máximo interesado en ofrecer una formación de calidad? La propia escuela, nosotros, evidentemente. No entendemos que se dude de nuestra calidad formativa por principio”. Palabras mayores. Ahí lo dejo…